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Tipos de contrato: todo lo que necesitas saber

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Hoy en día el mundo laborar se ha vuelto bastante complicado en lo que a contratos se refiere. Si no tienes claro cuáles son o cómo funcionan, sigue leyendo. A continuación pasamos a enumerar y explicar los distintos tipos de contrato laboral que puedes encontrar en nuestro país:

  • Contrato indefinido

    No fija un límite de tiempo en la prestación del servicio y puede ser de media jornada, completa o de trabajos discontinuos. En principio, este tipo de contrato implica cierta estabilidad para el contratado. Además de por escrito, puede formalizarse verbalmente, aunque no en todos los casos. Una manera de pasar de un contrato temporal a uno indefinido es que durante un periodo de 30 meses, aquellos trabajadores que hayan estado contratados durante más de 24 meses (dos años) en la misma empresa y con el mismo puesto, habiendo pasado ya por dos o más contratos de tipo temporal.
  • Contratos temporales

    Su objetivo es constituir una relación laboral por un tiempo determinado y una actividad muy concreta y también podrá ser tanto de jornada completa como parcial. En la actualidad podemos encontrar dos tipos de contrato temporal: por obra y servicio y por circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos.
    • Por obra y servicio

      Dura lo mismo que la obra o servicio para el que se requirió al trabajador y siempre se formaliza de manera escrita. Cabe la posibilidad de que estos contratos se tornen en indefinidos por distintas causas: que el trabajador no haya sido dado de alta en la Seguridad Social durante un tiempo superior al periodo de prueba.
    • Por circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos

      Según informaciones de El Confidencial el objetivo de estos contratos es llevar a cabo tareas que forman parte del haber de quehaceres habitual de la empresa y que requieren de personal extra por acumulación de pedidos o por las circunstancias del mercado (ocurre mucho en Navidad y en verano). Además, las personas menores de 30 años podrán ser contratados en estas condiciones si el servicio que vayan a desempeñar no supera los 3 meses.

  • Contrato para la formación y el aprendizaje

    El objetivo de este tipo de contrato es la cualificación profesional de los trabajadores a través de la práctica en el lugar de trabajo y el aprendizaje en un centro docente, es decir, se trata del contrato que se les hace a los becarios. Los trabajadores adscritos a este tipo de acuerdo deben tener entre 16 y 25 años.
  • Contrato en prácticas

    Su meta es proporcionar una práctica profesional adecuada al nivel formativo del trabajador. Para poder acceder a este tipo de contrato es necesario disponer de un título universitario, formación profesional (de grado medio o superior) o un título equivalente que esté reconocido oficialmente. Además, no pueden haber pasado más de 5 años desde que el trabajador terminó sus estudios.

La jornada podrá ser completa o parcial y la duración del contrato tendrá que ser de un mínimo de 6 meses hasta un máximo de 2 años. Por otra parte, éste debe realizarse por escrito y el salario se pactará de acuerdo al convenio colectivo para los trabajadores en prácticas. Sin embargo, no podrá ser inferior al 60% o al 75% (durante el primer año o el segundo desde la firma del contrato) de lo que percibiría otro trabajador por las mismas funciones.

Esperamos que esta información te haya resultado útil. Si es así, no dudes en compartir este artículo con tus amigos para que ellos también estén informados. Sin embargo, si todavía no has encontrado un empleo, siempre puedes solicitar un microcrédito al instante para poder darte ese capricho por el que llevas un tiempo esperando.

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